martes, 20 de octubre de 2009

Deberes de los comerciantes

DEBERES DE LOS COMERCIANTES
De acuerdo al Código de Comercio en su Articulo 19, ¨Es obligación de todo comerciante ¨

a. Matricularse en el registro mercantil
b. Inscribir el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto a los cuales la ley exija esa formalidad
c. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales
d. Conservar un arreglo con la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades
e. Abstenerse de cometer actos de competencia desleal

lunes, 12 de octubre de 2009

Clasificacion de las sociedades

Clasificación de las Sociedades

SOCIEDADES DE PERSONAS

Colectiva
- Se constituye con un mínimo de dos socios
- La responsabilidad de los socios es solidaria e ilimitada por las operaciones sociales
- La razón social se forma con el nombre completo o el solo apellido de alguno(s) de los socios y se agrega ¨&, Cía.¨ , ¨Hermanos¨ , ¨e hijos¨ u otros análogos
- Los órganos de dirección y control pueden ser la *junta de socios , *junta directiva (opcional), *representante legal
- Para la disolución y liquidación de la sociedad se podrá hacer por la siguientes causales; * Por los causales indicados el articulo 218 del código de comercio * por muerte de alguno de los socios a menos que se convenga que la sociedad continué con los demás, o que acepten que los derechos del incapaz sean ejercidos por su representante * por declaración de quiebra de alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan conciliación.

En Comandita Simple
- Se denominan socios comanditarios (Aportantes de K) y socios gestores o colectivos (Aporte industrial), * Se forma por dos o mas personas, de las cuales por lo menos una tiene responsabilidad limitada.
- La responsabilidad de los socios gestores es solidaria e ilimitada por las operaciones sociales
- La razón social se forma con el nombre completo o apellido de uno a mas de los socios que tienen responsabilidad ilimitada seguido con la expresión ¨& Cia. S en C ¨
- La administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados con sujeción a lo provisto para la sociedad colectiva (Articulo 310 del Código de Comercio).
- Para la disolución y liquidación de la sociedad se podrá hacer por las siguientes causales; * Por las causales indicadas en el articulo 218 del código de comercio * por los causales especiales de la sociedad colectiva, cuando ocurran respecto de los socios gestores (Articulo 319 del Código de Comercio) * Por desaparición de una de las dos categorías de socios * Por perdida que reduzca el K a la tercera parte o menos.


SOCIEDADES DE CAPITAL

En Comandita por Acción
- Se denominan socios comanditarios (Aportantes de K) y socios gestores o colectivos (Aporte industrial).
- La responsabilidad se constituye por uno o mas socios con responsabilidad ilimitada y 5 o mas socios con responsabilidad limitada.
- La razón social se forma con el nombre completo o solo el apellido de uno o mas de los socios colectivos y se agrega ¨& Cia.¨ seguida en todo caso por la expresión Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.)
- la administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados con sujeción a lo provisto para la sociedad colectiva (Articulo 310 del Código de Comercio).
- Para la disolución y liquidación de la sociedad se tendra en cuenta las siguientes causales; * Por los causales indicados en el articulo 218 del código de comercio * Por los causales especiales de la sociedad colectiva, cuando ocurran respecto a los socios gestores (Articulo 319 del Código de Comercio) * Por desaparición de una de las dos categorías de socios.

Anónima
- Los socios se denominan Accionistas y se requiere un minimo de 5 accionistas para conforman la sociedad
- la responsabilidad recae por el monto de las acciones que se tengan en la sociedad (los accionistas responden por el valor de las acciones sea cual sea su numero)
- La razón social se forma con el nombre que caracteriza a la empresa seguido de la expresión S.A
- La administración de la sociedad estará a cargo de la asamblea general de accionistas * Junta directiva * Representante legal.
- Para la disolución y liquidación de la sociedad se tentran en cuenta las siguientes causales; * Por las causales indicadazas en el articulo 218 del código de comercio * Cuando ocurran perdidas que reduzcan el patrimonio neto en un 50 % del capital suscrito * Cuando el 95% o mas de las acciones suscritas lleguen a pertenecer a un solo accionista.

SOCIEDADES MIXTAS

Limitada
- Se denominan Socios y se requiere un mínimo de 2 y un máximo de 25
- La responsabilidad recae sobre los socios que responde hasta el límite de sus aportes
- La razón social esta seguida por la palabra limitada o de su abreviatura Ltda
- La administración de la sociedad esta a cargo de la junta de socios * Junta Directiva (Opcional) * Representante Legal.
- Para la disolución de y liquiacion de la sociedad se tendran en cuenta los siguientes causales; * Por los causales indicados en el articulo 218 de código de comercio * Cuando ocurran perdidas que reduzca el K por debajo del 50 % o cuando el numero de socios exceda el 25.
















viernes, 9 de octubre de 2009

Es comerciante toda persona que profesionalmente ejerza alguna de las actividades que la ley considera mercantil, como productor fabricante, distribuidor, asesor, prestador de algún servicio.las empresas se clasifican por su constitución legal s.a comandita, limitada, colectiva y anónima por su aspecto económico se dividen en privada, publica y mixta, y su forma de asociación es con ánimo de lucro, sin ánimo de lucro y economía solidaria y por su actividad son agropecuaria, minera, industriales, comerciales y de servicios, para la formalización debe tenerse en cuenta verifique el nombre o razón social, elabore la minuta ir a la notaría, realizar el pago del impuesto de registro sobre la escritura ,adquirir el formulario de matrícula mercantil, registro de libros de comercio, ir a la DIAN, afiliación a la aseguradora de riesgos profesionales (ARP) y los organismos de control en una empresa organismos a los cuales confía la constitución las funciones atinentes al control disciplinario, al control defensoría y al control fiscal.